{"id":9142,"date":"2026-08-09T19:44:13","date_gmt":"2026-08-09T19:44:13","guid":{"rendered":"https:\/\/aecucedir.org.ve\/revista\/?post_type=article&#038;p=9142"},"modified":"2026-08-30T23:59:15","modified_gmt":"2026-08-30T23:59:15","slug":"juan-german-roscio-entre-la-fe-cristiana-la-emancipacion-de-la-conciencia-y-la-fundacion-republicana","status":"publish","type":"article","link":"https:\/\/aecucedir.org.ve\/revista\/article\/juan-german-roscio-entre-la-fe-cristiana-la-emancipacion-de-la-conciencia-y-la-fundacion-republicana\/","title":{"rendered":"JUAN GERM\u00c1N ROSCIO: ENTRE LA FE CRISTIANA, LA EMANCIPACI\u00d3N DE LA CONCIENCIA Y LA FUNDACI\u00d3N REPUBLICANA"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"has-white-color has-text-color has-background has-link-color wp-elements-1 wp-block-paragraph\" style=\"background-color:#008080;font-style:italic;font-weight:700\"><strong>DOSSIER<\/strong><\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading titulo_alternativo\"><strong>JUAN GERM\u00c1N ROSCIO: ENTRE LA FE CRISTIANA, LA EMANCIPACI\u00d3N DE LA CONCIENCIA Y LA FUNDACI\u00d3N REPUBLICANA<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-right autor_cedir wp-block-paragraph\"><strong>Dra.  Suzuky M. G\u00f3mez Castillo<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-left wp-block-paragraph\"><em><strong>A modo de introducci\u00f3n&nbsp;<\/strong><\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Juan Germ\u00e1n Roscio ocupa un lugar singular en la historia intelectual de la independencia venezolana porque su obra permite examinar un problema decisivo: la relaci\u00f3n entre religi\u00f3n, poder pol\u00edtico y emancipaci\u00f3n. Su importancia no reside \u00fanicamente en haber sido jurista, legislador, redactor de documentos fundacionales y actor civil de la ruptura con el orden colonial, sino en haber comprendido que la independencia exig\u00eda una transformaci\u00f3n m\u00e1s profunda que el reemplazo de autoridades. Para Roscio, el dominio espa\u00f1ol no se sosten\u00eda solo en instituciones, leyes y fuerzas militares; tambi\u00e9n descansaba sobre una cultura de obediencia que hab\u00eda vinculado durante siglos la autoridad del rey con la voluntad de Dios. En consecuencia, la emancipaci\u00f3n deb\u00eda librarse no solo en el terreno pol\u00edtico, sino tambi\u00e9n en el campo de la conciencia. El problema que orienta el presente escrito, puede formularse en los siguientes t\u00e9rminos: \u00bfc\u00f3mo convirti\u00f3 Roscio el lenguaje religioso en argumento pol\u00edtico para defender la independencia, la soberan\u00eda popular y la rep\u00fablica? Para este patriota, la religi\u00f3n no es un asunto marginal ni un simple ornamento ret\u00f3rico del discurso independentista; constituye, m\u00e1s bien, uno de los espacios centrales de la disputa por la legitimidad. Su obra mayor, El triunfo de la libertad sobre el despotismo, declara desde el subt\u00edtulo su prop\u00f3sito intelectual: ser la \u201cconfesi\u00f3n de un pecador arrepentido de sus errores pol\u00edticos\u201d y, al mismo tiempo, un esfuerzo por \u201cdesagraviar en esta parte a la religi\u00f3n ofendida con el sistema de la tiran\u00eda\u201d (Roscio, 1983, p. 4). Esta afirmaci\u00f3n permite advertir que Roscio no escribe contra el cristianismo, sino contra la apropiaci\u00f3n absolutista de la fe.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong><em>Consideraciones iniciales<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La tesis que aqu\u00ed se propone es que Roscio no rompe con la religi\u00f3n cristiana, sino con la lectura pol\u00edtica que el absolutismo mon\u00e1rquico hizo de ella. Frente a una tradici\u00f3n que presentaba la obediencia al rey como deber religioso y la resistencia pol\u00edtica como pecado, Roscio elabor\u00f3 una respuesta cristiana, jur\u00eddica e ilustrada de la libertad. Su prop\u00f3sito fue demostrar que fe, soberan\u00eda popular, rep\u00fablica y emancipaci\u00f3n no eran principios incompatibles, sino dimensiones capaces de articularse dentro de una misma visi\u00f3n \u00e9tica de la dignidad humana. En este sentido, su pensamiento puede leerse como un intento de rescatar la religi\u00f3n de su instrumentalizaci\u00f3n colonial y devolverle una funci\u00f3n cr\u00edtica frente a la tiran\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esta perspectiva coincide con una relectura del tema que en hemos tratado en otro texto, donde nos propusimos estudiar las ideas pol\u00edticas y religiosas de este especialista en teolog\u00eda y c\u00e1nones, a partir de dos claves fundamentales: la \u201c\u2026emancipaci\u00f3n mental\u2026\u201d y la \u201c\u2026educaci\u00f3n de la conciencia\u2026\u201d (G\u00f3mez Castillo, 2009, p. 88). Desde all\u00ed, la independencia deja de entenderse \u00fanicamente como acontecimiento militar o jur\u00eddico y se revela como una transformaci\u00f3n del imaginario religioso-pol\u00edtico de la sociedad colonial. En este sentido, Domingo Miliani (1983) lo expresa con claridad al se\u00f1alar que Roscio comprendi\u00f3 la necesidad de enfrentar la \u201c\u2026obediencia ciega\u2026\u201d y la \u201c\u2026teolog\u00eda feudal, justificadora del despotismo y la tiran\u00eda\u2026\u201d (p. 11). Tulio \u00c1lvarez (2020), por su parte, ha destacado que una de las claves de su pensamiento consiste en desplazar la doctrina del origen divino del poder mon\u00e1rquico mediante una argumentaci\u00f3n teol\u00f3gica, jur\u00eddica y constitucional (p. 1).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong><em>Abordaje metodol\u00f3gico<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El presente trabajo se inscribe en el campo de la historia intelectual. No se limita a reconstruir la biograf\u00eda de Roscio ni a enumerar sus intervenciones pol\u00edticas, sino que busca interpretar sus obras como intervenciones situadas en una disputa hist\u00f3rica concreta: la lucha por definir si la religi\u00f3n deb\u00eda servir a la obediencia mon\u00e1rquica o a la libertad de los pueblos. Desde esta perspectiva, Roscio aparece como un pensador de frontera entre teolog\u00eda y derecho, entre cristianismo y republicanismo, entre conciencia religiosa y emancipaci\u00f3n pol\u00edtica. Su vigencia radica en haber mostrado que la fe puede ser manipulada para legitimar la dominaci\u00f3n, pero tambi\u00e9n puede convertirse en fundamento moral de justicia, libertad y ciudadan\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong><em>Independencia, conciencia y emancipaci\u00f3n mental<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La trayectoria intelectual de Juan Germ\u00e1n Roscio debe situarse en una coyuntura de excepcional densidad hist\u00f3rica: el derrumbe de la legitimidad mon\u00e1rquica espa\u00f1ola y la lenta emergencia de una nueva autoridad pol\u00edtica en las provincias americanas. La crisis de 1808, provocada por la invasi\u00f3n napole\u00f3nica, las abdicaciones de Bayona y la prisi\u00f3n de Fernando VII, no produjo \u00fanicamente un vac\u00edo de poder; abri\u00f3, sobre todo, una disputa sobre el origen mismo de la soberan\u00eda. Si el monarca estaba ausente, si la Corona hab\u00eda sido desplazada por la fuerza y si las instituciones peninsulares no pod\u00edan representar de manera plena a los territorios americanos, entonces la pregunta decisiva era qui\u00e9n ten\u00eda derecho a gobernar y en nombre de qu\u00e9 principio. En ese intersticio jur\u00eddico, pol\u00edtico y moral comenz\u00f3 a formarse el lenguaje de la independencia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El 19 de abril de 1810 fue, en este sentido, mucho m\u00e1s que una jornada de agitaci\u00f3n caraque\u00f1a. Constituy\u00f3 un momento de quiebre en el cual la fidelidad formal a Fernando VII empez\u00f3 a ser desplazada por una pr\u00e1ctica pol\u00edtica nueva: la afirmaci\u00f3n de la voluntad de los cuerpos locales, la representaci\u00f3n del pueblo y la posibilidad de constituir un gobierno propio. Roscio intervino all\u00ed como uno de los actores civiles m\u00e1s relevantes. Miliani (Ob. Cit. p.10) recuerda que, producidos los acontecimientos de aquel d\u00eda, Roscio se incorpor\u00f3 al Cabildo de Caracas como \u201c\u2026representante del pueblo\u2026\u201d, redact\u00f3 la minuta de la sesi\u00f3n, form\u00f3 parte de la Junta Suprema y asumi\u00f3 luego la Secretar\u00eda de Relaciones Exteriores. No se trataba, por tanto, de un observador externo de la revoluci\u00f3n, sino de un jurista que particip\u00f3 en la construcci\u00f3n del nuevo orden desde el lenguaje de la legalidad, la representaci\u00f3n y la legitimidad pol\u00edtica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ese papel se ampli\u00f3 en 1811, cuando Roscio ingres\u00f3 como diputado al Primer Congreso de Venezuela, particip\u00f3 en la redacci\u00f3n de los llamados Derechos del Pueblo, fue designado junto con Francisco Isnardi para redactar el Acta de Independencia e integr\u00f3 la comisi\u00f3n encargada de elaborar la primera Constituci\u00f3n Federal. Esta secuencia permite comprenderlo como algo m\u00e1s que un redactor ocasional: Roscio fue un organizador del lenguaje republicano. Su tarea consisti\u00f3 en traducir una crisis imperial en doctrina pol\u00edtica, y una ruptura de obediencia en fundamento constitucional.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sin embargo, la independencia que Roscio ayud\u00f3 a formular no puede entenderse \u00fanicamente como separaci\u00f3n jur\u00eddica de Espa\u00f1a. En su caso, la ruptura pol\u00edtica exig\u00eda una transformaci\u00f3n m\u00e1s honda: el desmontaje de las categor\u00edas mentales que hab\u00edan sostenido el orden colonial. Esta perspectiva permite advertir que el problema no era solo sustituir autoridades, cambiar leyes o proclamar una rep\u00fablica, sino formar sujetos capaces de reconocerse como ciudadanos libres. La independencia, en consecuencia, deb\u00eda producirse tambi\u00e9n en el interior de la conciencia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En este sentido, Miliani (ibidem) expresa con claridad esa dimensi\u00f3n cuando afirma que, \u201c\u2026en lo ideol\u00f3gico, la lucha emancipadora fue tan ardua como en lo militar\u2026\u201d (p. 9). La afirmaci\u00f3n resulta fundamental para ubicar a Roscio dentro de una generaci\u00f3n que no solo enfrent\u00f3 ej\u00e9rcitos, sino tambi\u00e9n h\u00e1bitos de obediencia, temores religiosos, fidelidades mon\u00e1rquicas y representaciones sociales heredadas. La monarqu\u00eda espa\u00f1ola no hab\u00eda gobernado \u00fanicamente mediante instituciones administrativas o fuerzas armadas; tambi\u00e9n hab\u00eda producido una cultura de sumisi\u00f3n en la que el poder del rey pod\u00eda aparecer revestido de sacralidad. Por ello, la rep\u00fablica necesitaba una pedagog\u00eda pol\u00edtica que ense\u00f1ara a pensar la libertad sin culpa, la soberan\u00eda sin sacrilegio y la ciudadan\u00eda sin servidumbre.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Desde esta perspectiva, Roscio pertenece a la estirpe de los intelectuales de la emancipaci\u00f3n que comprendieron que el poder espa\u00f1ol deb\u00eda ser desmontado en dos planos inseparables: en las instituciones y en las conciencias. Su obra posterior, especialmente <em>El triunfo de la libertad sobre el despotismo<\/em>, prolong\u00f3 esa empresa al terreno religioso-pol\u00edtico. All\u00ed se advierte que la lucha por la independencia no consist\u00eda solamente en expulsar a las autoridades peninsulares, sino en desarticular el imaginario que hac\u00eda de la obediencia al monarca una obligaci\u00f3n moral y de la resistencia una forma de pecado. Por eso, la acci\u00f3n de Roscio debe ser entendida como una pedagog\u00eda de la libertad: un esfuerzo por persuadir a sus contempor\u00e1neos de que la rep\u00fablica no era una negaci\u00f3n del orden moral, sino una v\u00eda leg\u00edtima para restaurar la dignidad de los pueblos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En suma, el marco hist\u00f3rico-intelectual de Roscio es el de una crisis de legitimidad que devino revoluci\u00f3n pol\u00edtica y, al mismo tiempo, transformaci\u00f3n de la conciencia colectiva. Su intervenci\u00f3n se ubica en el tr\u00e1nsito entre el antiguo r\u00e9gimen colonial y el nacimiento de la rep\u00fablica venezolana, pero su importancia no reside solo en haber acompa\u00f1ado ese paso, sino en haberlo pensado. Roscio comprendi\u00f3 que ninguna independencia ser\u00eda duradera si el viejo poder permanec\u00eda intacto en la imaginaci\u00f3n religiosa y pol\u00edtica de los ciudadanos. De all\u00ed que su pensamiento conserve una actualidad particular: recuerda que toda emancipaci\u00f3n verdadera exige liberar, junto con las instituciones, las formas de conciencia que alguna vez hicieron aceptable la servidumbre.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong><em>Roscio ante el uso absolutista de la religi\u00f3n<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La controversia religiosa en torno a Juan Germ\u00e1n Roscio no puede entenderse como un simple conflicto entre fe y pol\u00edtica, ni como una oposici\u00f3n elemental entre cristianismo e independencia. Su problema era m\u00e1s preciso y, por ello mismo, m\u00e1s profundo: la conversi\u00f3n de la religi\u00f3n en lenguaje de legitimaci\u00f3n del poder absoluto. En la cultura pol\u00edtica del antiguo r\u00e9gimen, la monarqu\u00eda no se presentaba \u00fanicamente como una instituci\u00f3n hist\u00f3rica, sino como parte de un supuesto orden querido por Dios. De all\u00ed nac\u00eda la doctrina del derecho divino de los reyes, seg\u00fan la cual la autoridad del monarca proced\u00eda de una fuente superior a la voluntad de los pueblos y, por tanto, no pod\u00eda ser juzgada ni resistida por ellos. Esta concepci\u00f3n hac\u00eda del vasallo un sujeto moralmente obligado a obedecer, aun cuando el poder se ejerciera de forma arbitraria. Como se se\u00f1ala en G\u00f3mez Castillo (Ob. Cit. p.99), la religi\u00f3n cat\u00f3lica operaba entonces como \u201c\u2026base firme a la monarqu\u00eda absolutista\u2026\u201d, pues ofrec\u00eda una justificaci\u00f3n espiritual al r\u00e9gimen pol\u00edtico colonial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Roscio advirti\u00f3 que esa alianza entre trono y altar produc\u00eda una forma particular de dominaci\u00f3n: no bastaba con someter los cuerpos mediante leyes, ej\u00e9rcitos o tribunales; era necesario gobernar tambi\u00e9n las conciencias. La obediencia pasiva era presentada como virtud cristiana, mientras que la resistencia al rey era asociada al pecado. En esa l\u00f3gica, rebelarse contra el monarca equival\u00eda a quebrantar el orden divino. El argumento aparece formulado con claridad en la tradici\u00f3n absolutista tal como hemos citado (\u00eddem): \u201c\u2026Cuando un Vasallo se rebela contra este orden, no solamente se est\u00e1 revelando contra su rey, sino contra Dios\u2026\u201d. Tal razonamiento muestra el mecanismo ideol\u00f3gico que Roscio se propuso desmontar: hacer creer que toda insubordinaci\u00f3n pol\u00edtica era, en el fondo, una desobediencia religiosa.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La respuesta de Roscio consisti\u00f3 en separar dos planos que el absolutismo hab\u00eda confundido interesadamente: la religi\u00f3n cristiana y su manipulaci\u00f3n mon\u00e1rquica. No atac\u00f3 la fe, sino el abuso de la fe. No neg\u00f3 la autoridad de las Escrituras, sino la lectura que pretend\u00eda convertirlas en defensa del despotismo. De hecho, su estrategia fue particularmente audaz: disputar la Biblia desde la Biblia misma. En <em>El triunfo de la libertad sobre el despotismo<\/em>, Roscio se pregunta: \u201c\u2026 \u00bfPor qu\u00e9 recurrir a preceptos o consejos evang\u00e9licos para defender y santificar la tiran\u00eda de los monarcas absolutos? &#8230;\u201d (Roscio, Ob. Cit. p. 54). La pregunta revela el coraz\u00f3n de su cr\u00edtica: si el Evangelio no fue dado para consagrar tiran\u00edas, entonces el absolutismo no pod\u00eda reclamar para s\u00ed la autoridad de Cristo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Desde esta perspectiva, la obediencia ciega no era una virtud, sino una degradaci\u00f3n de la conciencia. Roscio la defini\u00f3 como \u201c\u2026el resultado de una conciencia ciega que sin discernir entre lo bueno y lo malo, ciegamente abraza cuanto se le propone\u2026\u201d (Roscio, ibidem, pp 243-244). La frase resulta decisiva porque desplaza el problema desde la pol\u00edtica hacia la moral: obedecer sin discernir no ennoblece al creyente, lo despoja de responsabilidad. Por ello, el autor pod\u00eda afirmar que, si todos los pueblos permanecieran \u201c\u2026ciegos en sus deberes y derechos\u2026\u201d, la esclavitud ser\u00eda universal y el g\u00e9nero humano quedar\u00eda degradado (\u00cddem pp. 244-245). La libertad, por tanto, no era para Roscio una licencia contra la religi\u00f3n, sino una exigencia de la conciencia rectamente formada.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tulio \u00c1lvarez (Ob. Cit.) ha visto con acierto que el pensamiento roscista se orienta a \u201c\u2026desplazar la doctrina del origen divino del poder\u2026\u201d (p.1) mediante una argumentaci\u00f3n teol\u00f3gica, jur\u00eddica y constitucional. Esa operaci\u00f3n intelectual es clave: Roscio no sustituye simplemente un dogma pol\u00edtico por otro, sino que reordena la fuente de legitimidad. El poder ya no puede justificarse por la sacralizaci\u00f3n del monarca, sino por su conformidad con la justicia, la ley y el bien de los pueblos. En consecuencia, la soberan\u00eda deja de ser patrimonio del rey y comienza a pensarse como derecho de la comunidad pol\u00edtica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La importancia ecum\u00e9nica de esta distinci\u00f3n es evidente. Roscio muestra que la religi\u00f3n puede ser usada de dos maneras opuestas: como instrumento de servidumbre o como fuerza de liberaci\u00f3n moral. Cuando se la subordina al poder absoluto, se convierte en aparato ideol\u00f3gico de la dominaci\u00f3n; cuando se la devuelve a su n\u00facleo \u00e9tico, puede sostener la dignidad humana, la responsabilidad de la conciencia y la defensa de la justicia. En ese sentido, su cr\u00edtica no pertenece \u00fanicamente al pasado independentista. Tambi\u00e9n interpela a toda tradici\u00f3n religiosa que deba preguntarse si su palabra p\u00fablica sirve para bendecir el poder o para iluminar la libertad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong><em>El triunfo de la libertad sobre el despotismo<\/em><\/strong><strong>: confesi\u00f3n, teolog\u00eda pol\u00edtica y pedagog\u00eda republicana<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El triunfo de la libertad sobre el despotismo no debe ser le\u00eddo \u00fanicamente como un alegato pol\u00edtico contra la monarqu\u00eda espa\u00f1ola, ni como una pieza m\u00e1s dentro de la literatura independentista. Su singularidad reside en que Roscio construye una obra de combate doctrinario bajo la forma de una confesi\u00f3n. All\u00ed el lenguaje religioso no aparece como adorno ret\u00f3rico, sino como estructura profunda del discurso. El propio t\u00edtulo extenso de la obra declara su programa: se trata de una confesi\u00f3n de \u201c\u2026un pecador arrepentido de sus errores pol\u00edticos\u2026\u201d y de un intento por \u201c\u2026desagraviar en esta parte a la religi\u00f3n ofendida con el sistema de la tiran\u00eda\u2026\u201d (Roscio, ibidem, p. 4). La expresi\u00f3n es decisiva: Roscio no se confiesa por haber abandonado la fe, sino por haber aceptado en otro tiempo una interpretaci\u00f3n pol\u00edtica de la fe que serv\u00eda para sostener la servidumbre.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La confesi\u00f3n roscista tiene, por tanto, una dimensi\u00f3n p\u00fablica. No remite al simple examen \u00edntimo de un creyente, sino a la rectificaci\u00f3n hist\u00f3rica de una conciencia formada bajo los supuestos del antiguo r\u00e9gimen. Roscio convierte su experiencia personal en argumento pedag\u00f3gico. Al narrar sus antiguos extrav\u00edos, advierte a sus lectores sobre los mecanismos por los cuales una sociedad cristiana pod\u00eda ser conducida a venerar como sagrado un poder injusto. Por eso afirma en el pr\u00f3logo que dio a su confesi\u00f3n el t\u00edtulo de <em>El triunfo de la libertad sobre el despotismo<\/em> \u201c\u2026por la victoria que ella obtuvo de mis antiguas preocupaciones\u2026\u201d y por el deseo de verla triunfar \u201c\u2026en toda la tierra\u2026\u201d (Roscio, 1983, p. 45). La victoria a la que alude no es solamente pol\u00edtica: es tambi\u00e9n intelectual, moral y espiritual.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En este sentido, la obra adopta la forma de una teolog\u00eda pol\u00edtica de la emancipaci\u00f3n. Roscio no discute la religi\u00f3n desde la exterioridad del incr\u00e9dulo, sino desde la autoridad de quien conoce los textos sagrados y se resiste a entregarlos al monopolio interpretativo de los defensores del absolutismo. El conflicto central de la obra puede formularse as\u00ed: \u00bfqui\u00e9n tiene derecho a interpretar la religi\u00f3n cuando ella es invocada en asuntos de obediencia, soberan\u00eda y libertad? Para Roscio, el poder desp\u00f3tico hab\u00eda falsificado el sentido de la Escritura, seleccionando pasajes b\u00edblicos para convertirlos en doctrina de sumisi\u00f3n. Frente a ello, su estrategia consisti\u00f3 en devolver la Biblia al terreno de la conciencia libre, mostrando que no pod\u00eda usarse leg\u00edtimamente para canonizar la tiran\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De all\u00ed la importancia del m\u00e9todo escogido. Roscio explica que adopt\u00f3 \u201cel m\u00e9todo de confesi\u00f3n, imitando las de San Agust\u00edn\u201d, porque le pareci\u00f3 \u201cel m\u00e1s propio y expresivo\u201d para exponer la multitud de preocupaciones que antes lo hab\u00edan arrastrado (Id p. 48). Esa confesi\u00f3n, sin embargo, no se agota en el modelo agustiniano de introspecci\u00f3n espiritual. Roscio lo desplaza hacia una finalidad republicana: confesar es desmontar el error; recordar el enga\u00f1o es impedir su repetici\u00f3n; revisar la conciencia es preparar al ciudadano para la libertad. Sobre esto, \u00c1lvarez (ob. Cit.) advierte, en esa misma l\u00ednea, que el estilo de Roscio no puede reducirse a una simple influencia ilustrada, pues su arquitectura argumentativa remite a una tradici\u00f3n cristiana de interpretaci\u00f3n b\u00edblica y a una lectura de la Escritura \u201c\u2026en funci\u00f3n del signo de su tiempo y la crisis que le toc\u00f3 afrontar\u2026\u201d (p. 11).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La obra funciona, as\u00ed, como una pedagog\u00eda dirigida a pueblos cristianizados. Roscio sabe que buena parte de sus contempor\u00e1neos no pod\u00eda ser persuadida \u00fanicamente por razonamientos filos\u00f3ficos abstractos. La independencia requer\u00eda argumentos capaces de entrar en el universo religioso de sus lectores. Por ello declara que deseaba una obra que refutase los errores del absolutismo \u201c\u2026no con razones puramente filos\u00f3ficas, sino con la autoridad de los mismos libros de donde la facci\u00f3n contraria deduc\u00eda sofismas\u2026\u201d (Roscio, Id, p. 17). La frase revela la precisi\u00f3n de su empresa: combatir al despotismo en el mismo campo simb\u00f3lico donde este hab\u00eda buscado legitimarse.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En consecuencia, <em>El triunfo de la libertad sobre el despotismo<\/em> ense\u00f1a que ser cristiano no equivale a ser s\u00fabdito pasivo. La fe, le\u00edda desde la conciencia y no desde el temor, puede convertirse en principio de responsabilidad hist\u00f3rica. Roscio no pretende fundar una irreligi\u00f3n republicana, sino liberar a la religi\u00f3n del cautiverio absolutista. En sus p\u00e1ginas, el arrepentimiento no es una escena privada del alma: es una operaci\u00f3n cr\u00edtica contra un orden pol\u00edtico que hab\u00eda confundido obediencia con virtud, monarqu\u00eda con providencia y servidumbre con fidelidad cristiana. Por eso su confesi\u00f3n adquiere valor hist\u00f3rico. Al revisar sus propios errores, Roscio propone a sus lectores una conversi\u00f3n m\u00e1s amplia: pasar de la obediencia heredada al discernimiento, de la sumisi\u00f3n religiosa al juicio moral, y de la antigua condici\u00f3n de vasallos a la dignidad republicana de ciudadanos libres.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong><em>Biblia, libertad y soberan\u00eda popular<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el pensamiento de Juan Germ\u00e1n Roscio, la relaci\u00f3n entre Biblia, libertad y soberan\u00eda popular no se organiza como una simple yuxtaposici\u00f3n de referencias religiosas y principios pol\u00edticos modernos. Por el contrario, constituye una arquitectura argumentativa cuidadosamente elaborada: la Escritura sirve como horizonte moral, el derecho natural como fundamento racional y la rep\u00fablica constitucional como forma hist\u00f3rica de protecci\u00f3n de la libertad. Esta articulaci\u00f3n le permite sostener que la libertad no es una concesi\u00f3n del pr\u00edncipe ni una licencia individual sin l\u00edmites, sino una condici\u00f3n propia de la criatura humana, dotada de raz\u00f3n, voluntad y responsabilidad. Por eso, al definir la soberan\u00eda, Roscio la vincula con las facultades morales y f\u00edsicas de los hombres reunidos en sociedad: \u201c\u2026Soberan\u00eda es el resultado del poder y de la fuerza moral y f\u00edsica de los hombres congregados en sociedad\u2026\u201d (Roscio, citado en \u00c1lvarez, 2020, p. 13). Esta afirmaci\u00f3n resulta capital porque desplaza la fuente del poder desde la persona del monarca hacia la comunidad pol\u00edtica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La libertad, en consecuencia, no aparece en Roscio como un privilegio reservado a determinados cuerpos sociales, sino como una condici\u00f3n originaria que antecede a la autoridad pol\u00edtica. Por otra parte, Perrone (s\/f) resume este n\u00facleo doctrinal al se\u00f1alar que, para Roscio, toda constituci\u00f3n y toda ley que aspiraran a ser \u201c\u2026justas, y amigas de la soberan\u00eda divina\u2026\u201d deb\u00edan reconocer varios principios: que \u201c\u2026el hombre era naturalmente libre\u201d, que no pod\u00eda ser privado de esa libertad sin causa jur\u00eddica, que \u201ctodo el poder derivaba de la voluntad de la sociedad\u2026\u201d y que los gobiernos se institu\u00edan \u201c\u2026a beneficio de los gobernados y no de los gobernantes\u2026\u201d (p. 33). En esta formulaci\u00f3n se advierte la originalidad del pensamiento roscista: la soberan\u00eda divina no se invoca para absolutizar el mando de un rey, sino para impedir que cualquier poder humano se coloque por encima de la dignidad de los pueblos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Biblia, as\u00ed le\u00edda, no cancela la pol\u00edtica ni sustituye el discernimiento racional; m\u00e1s bien ofrece un marco \u00e9tico desde el cual juzgar la legitimidad del poder. De all\u00ed que Roscio no conciba la autoridad como propiedad personal del gobernante, sino como encargo condicionado por el bien com\u00fan. El gobierno leg\u00edtimo existe para conservar los derechos de la sociedad, no para absorberlos. En este punto, su pensamiento converge con una tradici\u00f3n cristiana y jur\u00eddica seg\u00fan la cual la autoridad debe estar ordenada al bien de la comunidad y sometida a la ley. Tulio \u00c1lvarez recuerda que, dentro de las fuentes teol\u00f3gico-can\u00f3nicas que ayudan a comprender a Roscio, aparece la idea de que \u201c\u2026ning\u00fan gobernante puede ser mayor, en poder, que la comunidad que gobierna\u2026\u201d y que el poder supremo debe permanecer en el cuerpo de la comunidad (\u00c1lvarez, 2020, p. 13). Esta tesis permite entender por qu\u00e9, para Roscio, la soberan\u00eda popular no era una herej\u00eda pol\u00edtica, sino una consecuencia de la naturaleza moral y social del ser humano.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La ley cumple entonces una funci\u00f3n decisiva. No es simple mandato de autoridad ni imposici\u00f3n de fuerza, sino expresi\u00f3n racional de la voluntad com\u00fan. Perrone (Ibidem) se\u00f1ala que, en Roscio, la ley deb\u00eda ser \u201c\u2026la expresi\u00f3n del voto general\u2026\u201d del pueblo y solo era v\u00e1lida si concretaba la \u201c\u2026raz\u00f3n natural\u2026\u201d; como hija de la \u201c\u2026raz\u00f3n ilustrada\u2026\u201d, deb\u00eda ordenar lo bueno y prohibir lo malo (p. 33). La ley leg\u00edtima, por tanto, no se agota en su promulgaci\u00f3n formal: necesita corresponder a la justicia, al discernimiento p\u00fablico y a la libertad de los ciudadanos. All\u00ed se percibe la dimensi\u00f3n pedag\u00f3gica del constitucionalismo roscista: formar una ciudadan\u00eda capaz de obedecer leyes porque reconoce en ellas raz\u00f3n y justicia, no porque teme al castigo o al poder sagrado del soberano.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por esta raz\u00f3n, la constituci\u00f3n adquiere en Roscio un valor superior al de un simple texto jur\u00eddico. Es barrera frente a la arbitrariedad, escuela de ciudadan\u00eda y garant\u00eda contra el retorno de la servidumbre. Perrone observa que Roscio conced\u00eda a la constituci\u00f3n un \u201c\u2026valor excepcional\u2026\u201d como recurso pedag\u00f3gico, pues ense\u00f1aba qu\u00e9 significaba ser buen ciudadano y buen gobernante; incluso deb\u00eda ser revisada por la ciudadan\u00eda \u201c\u2026como una Biblia\u2026\u201d (Perrone Galicia, idem, p. 32). La comparaci\u00f3n no es menor: en un pueblo cristianizado, la constituci\u00f3n deb\u00eda ocupar un lugar normativo y formativo semejante al de un texto de orientaci\u00f3n moral, capaz de ordenar la vida p\u00fablica y limitar los excesos del poder.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">As\u00ed, la interrelaci\u00f3n entre libertad natural, soberan\u00eda popular, ley racional y constituci\u00f3n permite comprender el proyecto pol\u00edtico de Roscio en su sentido m\u00e1s profundo. La rep\u00fablica no es \u00fanicamente la negaci\u00f3n de la monarqu\u00eda, sino la creaci\u00f3n de un orden donde la autoridad nace de la sociedad, se somete a la ley y existe para resguardar la libertad. Por ello, Perrone concluye que la conexi\u00f3n entre constituci\u00f3n, soberan\u00eda del pueblo y libertad era, en Roscio, el medio por el cual una naci\u00f3n pod\u00eda protegerse de la tiran\u00eda y del despotismo. En esa s\u00edntesis se encuentra una de las contribuciones mayores de Roscio: haber mostrado que la Biblia, cuando no es secuestrada por el poder, puede dialogar con la raz\u00f3n pol\u00edtica para fundar una cultura republicana de la dignidad, la responsabilidad y la libertad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong><em>Constitucionalismo, rep\u00fablica e igualdad ante la ley<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La dimensi\u00f3n pol\u00edtica de Juan Germ\u00e1n Roscio no se agota en la impugnaci\u00f3n del antiguo r\u00e9gimen. Su pensamiento avanza hacia la construcci\u00f3n de un orden institucional capaz de impedir que el poder vuelva a concentrarse en una sola voluntad. Por ello, su republicanismo no debe entenderse como una reacci\u00f3n circunstancial contra Fernando VII, sino como una propuesta org\u00e1nica de gobierno libre. En esta direcci\u00f3n, Perrone Galicia (id.) observa que en los escritos de Roscio aparecen condensados los principios centrales de los gobiernos republicanos modernos: \u201c\u2026las elecciones, la representaci\u00f3n pol\u00edtica, la separaci\u00f3n y equilibrio de los poderes, el respeto a las constituciones, la libertad, y la igualdad\u2026\u201d (p. 10).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Constituci\u00f3n ocupa en este horizonte una funci\u00f3n decisiva. No es solo una formalidad jur\u00eddica ni un s\u00edmbolo de ruptura con Espa\u00f1a, sino el instrumento mediante el cual la libertad se organiza, se protege y se vuelve pr\u00e1ctica institucional. All\u00ed donde el absolutismo hac\u00eda depender la vida pol\u00edtica de la voluntad del rey, el constitucionalismo de Roscio propone reglas p\u00fablicas, l\u00edmites al mando y distribuci\u00f3n de competencias. De all\u00ed su insistencia en que el poder deb\u00eda dividirse y equilibrarse. Perrone (Id) recuerda que, ya en el Reglamento electoral de 1810, Roscio defend\u00eda \u201c\u2026la separaci\u00f3n y equilibrio de los tres poderes cl\u00e1sicos, ejecutivo, legislativo y judicial, como uno de los fundamentos del Estado venezolano\u2026\u201d (p. 27). Esta arquitectura institucional no era secundaria: constitu\u00eda la condici\u00f3n misma de una rep\u00fablica no tir\u00e1nica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En esa misma l\u00f3gica se inscriben las elecciones y la representaci\u00f3n pol\u00edtica. Roscio comprend\u00eda que la soberan\u00eda popular, para no quedar reducida a una abstracci\u00f3n, deb\u00eda expresarse mediante procedimientos concretos de participaci\u00f3n. Por eso, al organizar la elecci\u00f3n de diputados, sostuvo la necesidad de consultar la voluntad de los pueblos y de escoger representantes dotados de \u201c\u2026probidad, luces y patriotismo\u2026\u201d (Perrone Galicia, (Id) p. 19). La rep\u00fablica exig\u00eda, entonces, una ciudadan\u00eda capaz de deliberar, elegir y vigilar. La libertad no se conservaba \u00fanicamente por declaraci\u00f3n solemne; necesitaba instituciones, pr\u00e1cticas electorales y una cultura pol\u00edtica atenta a los abusos del poder.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Uno de los aspectos m\u00e1s significativos de este proyecto fue la igualdad ante la ley. En una sociedad colonial marcada por jerarqu\u00edas de origen, castas, privilegios corporativos y exclusiones jur\u00eddicas, afirmar la igualdad significaba erosionar la base moral del orden heredado. Roscio no confundi\u00f3 la igualdad republicana con una nivelaci\u00f3n desordenada o puramente ret\u00f3rica; la entendi\u00f3 como principio jur\u00eddico y moral sin el cual la ciudadan\u00eda resultaba imposible. Desde esta perspectiva, la igualdad entre espa\u00f1oles americanos y peninsulares, as\u00ed como la igualdad entre los hombres ante la ley, formaba parte de una misma cr\u00edtica al privilegio.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Aqu\u00ed se abre, precisamente, la pertinencia ecum\u00e9nica de Roscio. Su pensamiento permite distinguir entre una fe puesta al servicio de la dominaci\u00f3n y una fe capaz de sostener la dignidad humana. Su cristianismo no clausura la pol\u00edtica ni la somete al clericalismo; m\u00e1s bien ofrece un fundamento moral para pensar la libertad de conciencia, la justicia, la responsabilidad ciudadana y la defensa de los pueblos frente al autoritarismo. Roscio no seculariza la pol\u00edtica expulsando a Dios de la historia; m\u00e1s bien desacraliza al tirano, impidiendo que el poder absoluto hable en nombre de Dios. Por eso puede ser le\u00eddo como un antecedente latinoamericano de una teolog\u00eda pol\u00edtica de la libertad: una reflexi\u00f3n en la que Evangelio, ciudadan\u00eda y derechos no se excluyen, sino que se iluminan mutuamente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En conclusi\u00f3n, Roscio fue un pensador de frontera: entre teolog\u00eda y derecho, entre colonia y rep\u00fablica, entre obediencia heredada y libertad consciente. Su aporte no consisti\u00f3 solamente en redactar documentos fundacionales, sino en mostrar que ninguna rep\u00fablica pod\u00eda consolidarse si los ciudadanos continuaban pensando como vasallos. En su obra, la religi\u00f3n no desaparece: se depura de su complicidad con la tiran\u00eda y recupera una funci\u00f3n \u00e9tica. Su republicanismo descansa en una visi\u00f3n del ser humano como sujeto libre, racional y responsable. Por ello, su vigencia no pertenece solo al archivo de la independencia; interpela todav\u00eda a las comunidades creyentes y pol\u00edticas cuando deben preguntarse si la religi\u00f3n est\u00e1 sirviendo para liberar la conciencia o para justificar nuevas formas de dominaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong><em>Bibliograf\u00eda <\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"notas_al_pie wp-block-paragraph\">\u00c1lvarez, T. A. (2020). <em>Juan Germ\u00e1n Roscio, pensamiento y acci\u00f3n constitucional: Entre el conciliarismo y la Ilustraci\u00f3n<\/em>. Academia de Ciencias Pol\u00edticas y Sociales \/ Academia de la Historia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"notas_al_pie wp-block-paragraph\">G\u00f3mez Castillo, S. M. (2009). Juan Germ\u00e1n Roscio hacia el bicentenario de nuestra independencia. <em>Grupo de Investigaci\u00f3n de Historia de la Educaci\u00f3n y Representaciones (HEDURE)<\/em>, 11, 88-105.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"notas_al_pie wp-block-paragraph\">Miliani, D. (1983). Juan Germ\u00e1n Roscio. En J. G. Roscio, <em>El triunfo de la libertad sobre el despotismo<\/em> (pp. 9-45). Monte \u00c1vila Editores.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"notas_al_pie wp-block-paragraph\">Perrone Galicia, L. D. (s. f.). <em>Por la Rep\u00fablica y la Libertad: Ideas pol\u00edticas de Juan Germ\u00e1n Roscio<\/em>. CEDICE Libertad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"notas_al_pie wp-block-paragraph\">Roscio, J. G. (1983). <em>El triunfo de la libertad sobre el despotismo<\/em>. Monte \u00c1vila Editores. Obra original publicada en 1817.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Juan Germ\u00e1n Roscio ocupa un lugar singular en la historia intelectual de la independencia venezolana porque su obra permite examinar un problema decisivo: la relaci\u00f3n entre religi\u00f3n, poder pol\u00edtico y emancipaci\u00f3n. Su importancia no reside \u00fanicamente en haber sido jurista, legislador, redactor de documentos fundacionales y actor civil de la ruptura con el orden colonial, sino en haber comprendido que la independencia exig\u00eda una transformaci\u00f3n m\u00e1s profunda que el reemplazo de autoridades. Para Roscio, el dominio espa\u00f1ol no se sosten\u00eda solo en instituciones, leyes y fuerzas militares <a href=\"https:\/\/aecucedir.org.ve\/revista\/article\/juan-german-roscio-entre-la-fe-cristiana-la-emancipacion-de-la-conciencia-y-la-fundacion-republicana\/\">Seguir leyendo <span class=\"meta-nav\">&rarr;<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"menu_order":29,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","format":"standard","meta":{"_eb_attr":"","footnotes":""},"categories":[7],"tags":[],"issuem_issue":[79],"class_list":["post-9142","article","type-article","status-publish","format-standard","hentry","category-dossier","issuem_issue-presencia-ecumenica-nro-86-2025"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/aecucedir.org.ve\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/article\/9142","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/aecucedir.org.ve\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/article"}],"about":[{"href":"https:\/\/aecucedir.org.ve\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/types\/article"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/aecucedir.org.ve\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/aecucedir.org.ve\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=9142"}],"version-history":[{"count":18,"href":"https:\/\/aecucedir.org.ve\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/article\/9142\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":10781,"href":"https:\/\/aecucedir.org.ve\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/article\/9142\/revisions\/10781"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/aecucedir.org.ve\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=9142"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/aecucedir.org.ve\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=9142"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/aecucedir.org.ve\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=9142"},{"taxonomy":"issuem_issue","embeddable":true,"href":"https:\/\/aecucedir.org.ve\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/issuem_issue?post=9142"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}